El próximo 12 de mayo entrará en vigor la obligación del control horario en las empresas. Es decir, en menos de 15 días los empleados tendrán la obligación de fichar a la entrada y salida de su trabajo y de que se haga un registro del horario concreto independientemente de su jornada laboral.
Las empresas, que podrán escoger el sistema para hacerlo, deberán conservar durante cuatro años los datos a disposición de sindicatos, inspectores y trabajadores. Aunque hay consenso sobre que será un instrumento útil para atajar abusos como el exceso de jornada o las horas extras no remuneradas y su impacto negativo en las arcas de la Seguridad Social, la aplicación de la medida, que el Gobierno aprobó en marzo vía decreto urgente, suscita muchas dudas a la hora de su implantación.
Dependiendo de la actividad de cada empresa y el tipo de jornada, resultará más fácil o no realizar este control. Para empresas que hagan un trabajo desde oficinas necesitan soluciones completamente distintas a aquellas que se dedican a limpieza de edificios y locales (donde el empleado no pasa por la sede) o para las de transportes, donde el empleado está continuamente viajando.
En la misma situación se encuentran los comerciales, aquellos que trabajan desde casa o quienes tienen una distribución irregular de la jornada, como aquellos sanitarios que tienen que cubrir guardias fuera de su puesto habitual.
En este sentido, registro horario ya se exige para los contratos de trabajo a tiempo parcial desde el 2017, así como para las horas extraordinarias de los trabajadores con jornada completa. De hecho, ya existen sentencias penalizando la falta de implantado sistemas de fichaje tras las sentencias de la Audiencia Nacional (del 2016) que luego el Supremo revocó, limitando el control a las horas extras.
Medir el absentismo presencial
Entre las dudas más frecuentes está si el control tiene que recoger una hora fija de entrada o debe constar la entrada de manera física al centro de trabajo, o cómo se compensa el exceso de jornada realizado cuando se trata de minutos, también la flexibilidad horaria en la que se ha avanzado en los últimos años. Recordar, además, que las empresas se enfrentan a multas de entre 626 y 6.250 euros si no controlan la jornada laboral de su plantilla.
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