Desde hace dos años todas las empresas españolas, con independencia de su tamaño y sector, deben contar con un registro diario del horario laboral de sus trabajadores. Según el decreto-ley 8/2019, en su artículo 10 ―dentro del bloque Medidas de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo―. Sin embargo, el Ministerio de trabajo ha interpuesto hasta 9000 infracciones en el último periodo, una falta de control horario que se ha visto agravado por el teletrabajo.
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Según los datos publicados por el diario EL PAÍS, entre los años 2019 (desde agosto hasta diciembre), 2020 (al completo) y 2021 (de enero a abril), se descubrieron 8.616 infracciones; de las que se obtuvieron 16.303.493 euros en concepto de sanción. El mayor escollo que se encuentran las empresas a la hora de implantar un control horario se debe la necesidad de negociar colectivamente los métodos de registro, los horarios de cada empleado, las pausas o descansos, etc.
Como cumplir con la Ley de fichaje con el teletrabajo
En el real decreto-ley 28/2020, del 22 de septiembre, se establecen las bases que regulan el trabajo a distancia o teletrabajo. En este se establece que en función de lo acordado en la negociación colectiva, se “reflejará fielmente” el tiempo que la persona emplea en el teletrabajo, entendido este como tiempo dedicado a las labores productivas, con independencia del horario. En este registro tiene que incluir “el momento de inicio y finalización de la jornada”, y deja en manos de las empresas el medio establecido para el registro de la jornada.
Al igual que en el registro presencial, en el caso del teletrabajo los registros deben estar disponibles y llevarse a cabo mediante un medio fiable, es decir, que permita verificar su autenticidad y que se conserve adecuadamente durante al menos 4 años.
En el caso del teletrabajo, de acuerdo con el real decreto, se deberá fijar el espacio elegido para llevarlo a cabo, como puede ser el hogar. De este modo, para mantener cierto control y seguimiento de que se cumple el acuerdo firmado, existen soluciones tecnológicas que permiten a la empresa llevar a cabo un control de los registros en cumplimiento con todo lo establecido por la ley.
Por ejemplo, la aplicación B+MANAGER facilita la creación de diferentes grupos horarios y perfiles de usuario, para un registro efectivo y fiable. Al final de cada mes el software genera el cómputo total de las horas trabajadas, tiempo acumulado en pausas, así como permisos y vacaciones. En el caso del teletrabajo, incluye la posibilidad de geolocalizar el dispositivo desde donde se ficha para comprobar la ubicación del empleado.