Después de meses de negociación, el Ministerio de Trabajo y Economía social junto a los agentes sociales, han llegado a un acuerdo para regular el teletrabajo, una legislación necesaria dado el aumento de esta forma de empleo a raíz de la pandemia.
¿Qué se considera Teletrabajo?
En primer lugar hay que tener en claro qué situaciones han sido catalogadas como de 'teletrabajo' y por lo tanto deben estar acogidas a los derechos y deberes de esta nueva ley. La diferencia está en aquellos empleados que trabajen desde sus lugares de residencia de forma esporádica, o bien aquellos que lo harán de manera habitual y acordada.
Así pues, según la ley el teletrabajo es aquél que ocupa "un mínimo del 30% de la jornada, en un periodo de referencia de 3 meses". De este modo, una jornada laboral de 40 horas y 5 días a la semana, si se teletrabaja durante un día y medio a la semana el trabajador podrá acogerse a dicha ley. Este porcentaje podrá variar y ajustarse si el contrato es temporal.
¿Cómo regulará la jornada laboral?
Como ya ocurrió con la Ley de control de la jornada laboral, la nueva ley que regula el teletrabajo también pasa por la negociación de las partes implicadas. Trabajadores, empresarios y sindicatos acordarán los detalles del teletrabajo en cada empresa, sin embargo hay unos punto que no pueden eludirse y que el acuerdo tienen que acordar:
- Listado de equipos, herramientas y material que serán necesarios para que el trabajador pueda llevar a cabo su actividad desde su casa, así como la vida útil y necesidad de renovación de los mismos.
- Compensación por parte de la empresa de los gastos que puede tener el empleado al trabajar desde su domicilio
- Establecer un horario determinado y la disponibilidad del trabajador cuando esté fuera del puesto de trabajo
- El porcentaje y la distribución entre trabajo presencial y a distancia.
- Determinar un lugar concreto para que el empleado pueda teletrabajar
- Definir los medios tecnológicos que la empresa utilizará para supervisar que se cumplen las condiciones
- Duración del acuerdo y plazos en caso de revocación o supresión.
- Medios utilizados en materia de protección de datos y manejo de la información
La Ley establece que se debe acordar qué porcentaje de la jornada será a distancia, así como fijar un lugar determinado donde el empleado se encontrará teletrabajando. Esto puede resultar complicado de gestionar por parte de los departamentos de Recursos Humanos o responsables de personal. Sin embargo, las empresas pueden implantar sistemas de gestión de la jornada laboral que permitan a los empleados reflejar el inicio y final de la jornada, así como las pausas o interrupciones de tal manera que al final de cada periodo estén reflejadas las horas trabajadas. Para diferenciar del total del cómputo aquellas que corresponden a teletrabajo, la solución B+MANAGER cuenta con localizador GPS, de tal manera que cuando el empleado indique el inicio de la jornada se reflejará en el sistema dónde se encuentra exactamente y si coincide con el lugar acordado para desarrollar el teletrabajo.