Este mes ha entrado en vigor el Real Decreto Ley 8/2019, de 8 de marzo, con cambios que influyen, entre otros, en el registro de la jornada laboral y su control de horarios. El Capítulo III del decreto establece las condiciones de registro de la jornada del empleado, que se deberán comenzar a cumplir a partir del 12 de mayo.
¿Cuáles son los requisitos de control horario?
- Se exige que los trabajadores fichen a la entrada y salida del trabajo. Cada uno debe dejar reflejado su cómputo de horas trabajadas en el día, y la empresa debe facilitar un sistema para ello. “La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo”
- Se deberá documentar el registro de la jornada previo consenso con los representantes legales de los trabajadores, negociación colectiva o acuerdo de empresa. “Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada”
- La empresa tiene obligación de conservar los registros durante 4 años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. “La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social"
Dentro de la obligación del registro de la jornada, se producen algunas excepciones según el sector al que pertenezca la empresa, debido al tipo de actividad y complejidad a la hora de registrar el horario laboral.
¿Qué soluciones se pueden implementar?
Las formas de registro de la jornada quedan en manos del empresario, y es ahí donde hay que decidir por soluciones que faciliten y agilicen el fichaje. Los sistemas biométricos de fichaje son una de las opciones más tecnológicas. Además de crear un sistema de fichaje rápido y eficaz, es uno de los métodos más seguros de identificación de usuarios, e incorporan softwares de gestión con los que administrar dichos horarios.
B+SAFE ofrece a las empresas lectores de fichaje por huella dactilar, sistemas de control presencial donde cada empleado puede registrar distintos tipos de incidencias (salidas de descanso, reuniones, salidas al médico, etc.).
Gracias al software de gestión que acompaña a los lectores, la configuración es 100% personalizable, con la posibilidad de crear calendarios laborales, convenios de trabajo, vacaciones de los trabajadores, etc. Una vez generados los informes, estos se pueden extraer en diferentes formatos para ser gestionados. Los sistemas de gestión de presencia de B+SAFE garantizan la protección de datos y cumplen con los requisitos de seguridad necesarios.